Las Entidades Estatales debe evaluar el riesgo que con lleva el proceso de contratación para el cumplimiento de sus metas y objetivos, donde las garantías son instrumentos de cobertura de riesgos comunes en procesos de contratación.
Garantías
Es un contrato accesorio el cual se constituye mediante una variada gama de obligaciones y contratos respecto a:
- Seguro
- Fianza
- Prenda
- Títulos de crédito
- Hipoteca
- Depósito
- Otros
Donde cada uno es considerado de manera independiente a su accesorialidad
Contrato
Es un acuerdo de voluntades entre el que constituye la garantía y el acreedor principal, en este caso la administración pública. No es necesario que el contrato de garantía se celebre entre el contratante y el contratista, porque se da el caso frecuente de que la garantía no la otorgue este último, sino un tercero. Donde el contrato de garantía es un acuerdo de voluntades generador de obligaciones.
Tipos de garantías y cobertura en Colombia
los proponentes o contratistas para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones frente a Entidades Estatales en Procesos de Contratación pueden otorgar, a su elección, cualquiera de las siguientes garantías:
(i) contratos de seguro
(ii) fiducia mercantil de garantía
(iii)
garantías bancarias o cartas de crédito stand
La suficiencia y la vigencia de las garantías deben ser las establecidas en los artículos 2.2.1.2.3.1.9 a 2.2.1.2.3.1.16 del Decreto 1082 de 2015
Riesgos que se deben cubrir mediante garantías en los Procesos de Contratación
- Función de las fases del Proceso de Contratación
Fase donde el oferente debe otorgar garantía de seriedad de la oferta amparando enfocado en los siguientes eventos:
- No ampliación de la vigencia de la garantía cuando el plazo para la adjudicación o suscripción del contrato sea prorrogado, siempre que esa prórroga no exceda de tres (3) meses.
- Retiro de la oferta después de vencido el plazo para su presentación.
- No suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
- La no constitución de la garantía de cumplimiento del contrato por parte del adjudicatario.
responsabilidad civil extracontractual para aquellos contratos en los que el desarrollo del objeto
implica un riesgo de daños a terceros.
- Buen manejo y correcta inversión del anticipo.
- Devolución del pago anticipado.
- Cumplimiento del contrato.
- Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales.
Fase donde se cubren los riesgos que se presenten con posterioridad a la terminación del contrato y sus amparos los cuales son
- Estabilidad y calidad de la obra.
- Calidad del servicio.
- Calidad y correcto funcionamiento de los bienes.
Donde la calidad del servicio tiene por objeto cubrir los perjuicios derivados de la prestación deficiente del servicio contratado que surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de
- Mala calidad o la insuficiencia de los productos entregados
- Mala calidad del servicio prestado
Cumplimiento efectivo de garantías
Basados en el Decreto 1082 del 2015, las garantías que respaldan el cumplimiento de un contrato pueden hacer efectivas cuando se presenta un incumplimiento atribuible al contratista en las obligaciones pactadas las cuales dan lugar a la declaratoria de incumplimiento, la caducidad del contrato, la imposición de multas y la efectividad de la cláusula penal, si existe algún incumplimiento, la entidad estatal debe expedir un acto administrativo que lo declare.
Condiciones generales del contrato de seguro
- La razón o denominación social del asegurador.
- El nombre del tomador: es la persona que celebra el contrato de seguro con la aseguradora.
- Los nombres del asegurado y del beneficiario o la forma de identificarlos, si fueren distintos del tomador.
- La identificación precisa de la cosa o de la persona con respecto a las cuales se contrata el seguro.
- La vigencia del contrato, con indicación de las fechas y horas de inicio y vencimiento, o el modo de determinarlas.
- La suma asegurada o el modo de precisarla.
- La prima o el modo de calcularla y la forma de pago.
- Los Riesgos que el asegurador toma a su cargo.
- La fecha en que se expide y la firma del asegurador.
- Las demás condiciones particulares que acuerden los contratantes.
- La solicitud del seguro firmada por el tomador.
- Anexos, exclusiones, definiciones y en general todos aquellos condiciones generales que hayan
sido pactadas en el contrato de seguro.
Requisitos que deben reunir los seguros de responsabilidad civil extracontractual a favor de entidades estatales según el Decreto 1082 de 2015
- Cobertura básica de predios, labores y operaciones.
- Daño emergente y el lucro cesante.
- Perjuicios extrapatrimoniales.
- Responsabilidad surgida por actos de contratistas y subcontratistas, salvo que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad civil extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos.
- Cobertura expresa de amparo patronal, que cubre los perjuicios causados por accidentes de trabajo que sufran los empleados al servicio del contratista en desarrollo de sus actividades.
- Cobertura expresa de vehículos propios y no propios, que cubre daños materiales, las lesiones personales y/o la muerte que se ocasionen a terceros con vehículos propios y no propios que estén al servicio de la entidad asegurada en el giro normal de sus actividades

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